Quienes necesiten sacar la hoja de delincuencia, recibirán el documento bajo los nuevos parámetros que se utilizan para cancelar los juzgamientos.
Esto, tras reforma al artículo 11 de la “Ley para fortalecer el Registro Judicial”, aprobada semanas atrás bajo la Ley N° 10.435.
La reforma modifica y aumenta los plazos de cancelación de las anotaciones de las sentencias en firme, por lo que se tiene un impacto directo en la hoja de delincuencia.
Si la solicitud de certificación de juzgamiento se hace para fines laborales, en el documento aparecerán los lineamientos vigentes.
Los nuevos parámetros son los siguientes:
- Cinco años después de cumplida la condena impuesta, cuando la pena sea entre cinco y no mayor a diez años.
- Diez años después de cumplida la condena impuesta, cuando la pena sea igual o mayor a diez años. Igual plazo deberá transcurrir cuando sea por delitos tramitados bajo el procedimiento especial de crimen organizado, terrorismo, delitos sexuales contra menores de edad, homicidio calificado, feminicidio y delitos contra los deberes de la función pública.
El Poder Judicial recuerda a la población que, si necesitan la hoja de delincuencia, hay tres vías para poder solicitar y obtener el documento.
La primera, por medio de la página web del Poder Judicial www.poder-judicia.go.cr; en las Administraciones Regionales de todo el país y en el Registro Judicial ubicado en el Anexo A, del Primer Circuito Judicial de San José.