¿Proteger la vida o restringir derechos? Presidente modificó la norma de aborto terapéutico

El mandatario afirmó que esta modificación responde al “compromiso absoluto con la vida” que sostiene su administración.

El presidente Rodrigo Chaves anunció la sustitución de la norma técnica de aborto terapéutico, vigente desde 2019, por una nueva versión.

Durante la conferencia de prensa semanal, el mandatario afirmó que esta modificación responde al “compromiso absoluto con la vida” que sostiene su administración.

Chaves criticó el reglamento anterior, señalando que contenía vacíos “por donde podrían pasar camiones de 18 ruedas”. Según explicó, la nueva normativa establece que la única causa válida para realizar un aborto terapéutico sin sanción penal será la protección de la vida de la madre, únicamente cuando esté en riesgo su vida o la del feto.

¿Qué establecía la norma anterior?

La norma técnica firmada en 2019 regulaba la interrupción terapéutica del embarazo en casos donde la vida o la salud de la mujer estuvieran en peligro. El entonces ministro de Salud, Daniel Salas, subrayó que el documento no permitía, bajo ninguna circunstancia, el aborto libre.

Entre los aspectos clave que contemplaba se incluía:

  • La posibilidad de que la mujer solicitara una segunda valoración médica en caso de negativa inicial.
  • La obligación de que el procedimiento fuera realizado por un médico autorizado.
  • El acceso a información clara, oportuna y basada en evidencia científica para facilitar una decisión informada.
  • El consentimiento explícito de la mujer embarazada.
  • La garantía de atención integral que protegiera la salud y bienestar de la mujer.