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Ya se publicó el decreto que obliga a los contribuyentes, tanto grandes como pequeños, a registrar el número SINPE Móvil ante el Ministerio de Hacienda. Los contribuyentes ya inscritos tendrán 12 meses para registrar el número que utilizan para recibir pagos o ingresos de su actividad económica.
La asociada de PwC Costa Rica, Sofía Fonseca, aclaró que la obligación de registrar el SINPE Móvil no empieza a regir de manera inmediata. El decreto otorga a la Administración Tributaria un plazo de tres meses para incorporar los cambios necesarios al Registro Único Tributario.
Fonseca explicó que el RUT debe contar con los campos necesarios para incluir los números telefónicos. La especialista recomendó tener un número exclusivo para fines empresariales y otro para operaciones personales. El incumplimiento del registro puede generar multas de hasta un 2% de los ingresos brutos. El decreto ya entró en vigencia tras su publicación.