Por medio de un comunicado, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) habló sobre el uso inadecuado de las luces en carretera y sus sanciones.
Indican que cada vez ingresan más vehículos con luces automáticas, es decir que no se apagan sea de día o noche, viendo de manera admirable estas acciones.
Las luces del vehículo deberían por regla mantenerse prendidas de 6:00 pm a 6:00 am, o cuando las condiciones del día lo requieran.
Las luces sirven para ver el camino y presentarse de una manera más clara a los compañeros conductores.
En lo que va del año se han hecho 1428 boletas por violación al uso de luces. Sanción que, según el artículo 103 de la Ley de Tránsito, es de ¢62.000.
Las justificantes para hacer las multas son usar la luz alta sin importar que venga un carro al frente, encandilar por detrás a un automóvil, usar luces neblineras sin justificación, o un artículo relacionado ilegal, como lo pueden ser de reglaje y potencia.
Si no se usan las luces en el horario anteriormente mencionado podría exponerse a una multa de ¢124.000.
“El desconocimiento y la imprudencia radica en que no solo importa si se ve bien el camino, lo que es relevante, también, es que sea visto por otros conductores, peatones y ciclistas y eso, a las 5:15 am, o a las 5:23 am, es más fácil de lograr si llevamos la luz encendida”, dijo el director de la Policía de Tránsito, Oswaldo Miranda Víquez.
También a cinco conductores se quedaron sin placas, al verse que su sistema de luces estaba incompleto y no funcionaba.
Miranda agregó que las bicicletas deberían tener todo el día las luces encendidas, ya que son igual o menos visibles que las motocicletas.