El 2025 ofrecerá 12 días feriados para los costarricenses, de los cuales 4 coincidirán con fines de semana largos, gracias a que caerán un viernes o lunes. Ninguno de los feriados para el próximo año se trasladará.
Feriados de pago obligatorio
Estos días aplican para todos los trabajadores del país, y si son laborados, deben ser remunerados al doble de la jornada regular. Además, si se realizan horas extra, estas deberán pagarse al triple.
Los feriados de pago obligatorio son:
- 1 de enero (Año Nuevo) – Miércoles
- 11 de abril (Día de Juan Santamaría) – Viernes
- 17 de abril (Jueves Santo) – Jueves
- 18 de abril (Viernes Santo) – Viernes
- 1 de mayo (Día del Trabajador) – Jueves
- 25 de julio (Anexión de Guanacaste) – Viernes
- 15 de agosto (Día de la Madre) – Viernes
- 15 de septiembre (Día de la Independencia) – Lunes
- 25 de diciembre (Navidad) – Jueves
Feriados de pago no obligatorio
Los días de pago no obligatorio son aquellos en los que, si no se trabaja, no se recibe salario adicional. Estos son:
- 2 de agosto (Día de la Virgen de los Ángeles) – Sábado
- 31 de agosto (Día del Negro y la Cultura Afrocostarricense) – Domingo
- 1 de diciembre (Abolición del Ejército) – Lunes
Oportunidades para descansar o viajar
Con tres feriados para viernes (11 de abril, 25 de julio y 15 de agosto) y uno en lunes (15 de septiembre), muchas personas podrán aprovechar los fines de semana largos para descansar, viajar o realizar actividades en familia.
Se le recuerda a las personas que, independientemente de si la empresa es nacional o internacional, los feriados deben ser respetados y concedidos a los empleados.