La decisión del personal médico de vacunar a un menor de edad contra la covid-19 pese a la oposición de sus padres estuvo a derecho. Así lo determinaron los magistrados de la Sala Constitucional al resolver un recurso de amparo presentado a favor del menor y de sus padres, quienes además alegaron que al menor lo retuvieron indebidamente.
El fallo se sustentó en los artículos 43 del código de la niñez y la adolescencia y el 144 del código de familia, los cuales obligan a la caja a vacunar a los menores pese a la oposición de los padres, además descartó la indebida retención del menor pues se sustentó en criterios médicos.