De acuerdo a la modificación del artÃculo 1405 del Código Civil, un hijo podrá ser declarado ingrato o indigno de ser heredero, si se demuestra que este abandonó a su progenitor o lo expuso a violencia fÃsica y psicológica. De este modo, la actualización de la norma tiene el objetivo de salvaguardar los bienes del adulto mayor y que estos sean repartidos entre las personas que, por propia voluntad, decide el testador.