La Asamblea Nacional de Nicaragua reformó la Ley Especial de Ciberdelitos, con esto ahora ser castigará a quienes realicen cualquier publicación que provoque “alarma” en las redes sociales.
La nueva legislación impone penas de cárcel y multas a quienes, tanto dentro del país como en el extranjero, publiquen en redes sociales contenido que cause “alarma, temor, pánico o zozobra” entre la población, según informó el Parlamento, que está controlado por el gobierno de Ortega.
“Por iniciativa del Presidente de la República, La Asamblea Nacional aprobó unánimemente este 11 de setiembre, la Iniciativa de Ley de Reformas y Adiciones a la Ley No. 1042, Ley Especial de Ciberdelitos.
Esta ley fortalece la prevención, enfrentamiento, investigación y judicialización de los delitos que comentan las personas naturales o jurídicas dentro o fuera del país, a través de los sistemas informáticos, nuevas tecnologías y redes sociales y que afecten la tranquilidad y paz social de las personas, familias y comunidad.
Este cambio legislativo establece que quien usando las tecnologías de la información, redes sociales u aplicaciones móviles, publique o difunda información falsa, tergiversada, que produzca alarma, temor, pánico o zozobra entre la población, se le impondrá una pena de tres a cinco años de prisión y trescientos a quinientos días de multa.
La Ley que es de orden público será aplicable también a los autores materiales, intelectuales, cooperadores necesarios, cómplices, o cualquier otra persona que facilite la comisión de estos delitos.” indica la Asamblea Nacional de ese país.
De acuerdo con información de medios internacionales, la propuesta presentada por el presidente nicaragüense, Daniel Ortega, fue aprobada de manera urgente y unánime por el Parlamento.
La oposición denuncia que la nueva ley legaliza la censura en redes sociales.