Será un máximo de ₡1.072,77 lo que tendrán que pagar adicionalmente los infractores a la Ley de Tránsito, durante todo el 2021, según el aumento aprobado en las multas, por parte el Consejo Superior del Poder Judicial, con base en el Índice de Precios al Consumidor (IPC) interanual acumulado a junio de 2020, establecido por el Instituto Nacional de Estadísticas y Censos.
El IPC interanual acumulado cubre desde julio de 2019 hasta junio de 2020 y esa cifra, en este caso de 0.31%, es la que define el incremento o reducción en las multas a la Ley de Tránsito, explicó el Director Jurídico del Consejo de Seguridad Vial (COSEVI), Lic. Carlos Rivas. El Consejo es el ente recaudador de las dineros de las multas.
De esta forma, a partir del primero de enero de 2021, conducir bajo los efectos del alcohol, dentro de ciertos parámetros, ir a más de 120km/h, o rebasar en un puente, por ejemplo, que son conductas Tipo A, del artículo 143 de la Ley de Tránsito, pasará a ser una multa de ₡327.713,96 todo ese año. Actualmente, es de ₡326.701,19. Esta multa acumula, además, 6 puntos en la licencia.
Asimismo, las faltas Tipo B, del artículo 144, como llevar menores de 5 años en motocicleta o menores de 12 años y de menos de 145 cm de estatura, sin dispositivos de retención de menores en el vehículo, pasará en el 2021 de ₡220.774,19 a ₡221.458,59, una diferencia de ₡684,40.
Rivas resaltó que este será el incremento más bajo en el costo de las multas, de un año a otro, desde que rige la actual Ley de Tránsito (octubre de 2012). Eso sí, en el año 2017 se dio una rebaja en las multas, que implicó una reducción de casi ₡3.000 en la multa más alta.
Para el 2021, el incremento más bajo se dará, como es lógico, en las multas de menor valor, que son las tipificadas en el artículo 147 de la Ley de Tránsito. Algunos ejemplos son cuando se conduce con la licencia vencida, cuando no se porta extintor o triángulos en el vehículo, o a quien baje la velocidad para observar un accidente, entre otras. El incremento será de ₡72,59 y quedará en ₡23.488,03 para el próximo año.
Rivas aclaró que, aunque las paguen en el 2021, las personas que reciban una sanción en el 2020, hasta el 31 de diciembre, tendrán que pagar el monto establecido para este año, es decir, el menor. Solo se aplica el nuevo monto para las multas confeccionadas a partir del primero de enero de 2021.
Como ente recaudador de estos dineros, el COSEVI utiliza los recursos en equipamiento para la Policía de Tránsito, en campañas de seguridad vial y en medidas para mejorar la seguridad en carreteras, como demarcaciones, semáforos o agujas para los pasos del tren.
Se debe acotar que algunos infractores tardan meses o años en pagar las multas, acumulando intereses o las impugnan, lo que suspende el cobro, pero si no se les da la razón, la deben pagar. Asimismo, un porcentaje de cada multa va para otras instituciones, como el Patronato Nacional de la Infancia, la Cruz Roja y las municipalidades.