Redacción NR
Mucha atención a toda persona física o jurídica, pública o privada, que haya realizado actividades o negocios lucrativos, entre el PRIMERO de enero al 31 de diciembre 2021, independientemente de que haya tenido o no ingresos o utilidades por su actividad.
El 15 de marzo es el último día para liquidar y pagar, sin recargo, el impuesto sobre la renta (utilidades), correspondiente al período 2021.
La declaración debe realizarse en el formulario D-101, disponible en el sitio del Ministerio Hacienda www.hacienda.go.cr, sección “Servicios más utilizados”, ícono Administración Tributaria Virtual (ATV).
El pago del impuesto se realiza por medio de Débito en Tiempo Real (DTR), por medio de sitios web autorizados o también en las sucursales de estas entidades con solo indicar el número de cédula.
Quienes incumplan con la presentación de esta declaración y con el pago del impuesto se exponen a una sanción de ¢231 mil 100 colones.
Tome nota porque quienes recibieron ingresos por concepto de salarios, jubilación o pensión, deberán anotar el monto exento acumulado por esos rubros, en la casilla del formulario.