A partir del 1 de diciembre se autoriza el funcionamiento de discotecas, salones de baile y clubes nocturnos en una modalidad única con un aforo de 50% de su capacidad máxima, cumpliendo con los protocolos específicos para dichas actividades y los asistentes deberán demostrar que cuentan con esquema de vacunación completo.
También se amplió el aforo de lugares de culto a un máximo de 750 personas, a partir del 1 de diciembre, sin exigencia del esquema de vacunación, con medidas de distanciamiento de 1,8 metros y respeto de burbujas sociales. Los lugares que deseen superar esa cantidad, podrán hacerlo contra esquema de vacunación de los asistentes.
Además, los establecimientos catalogados como “esenciales” (supermercados, ferreterías, panaderías, entre otros), se mantienen exceptuados de la verificación del certificado de salud en su funcionamiento al 50% de su capacidad. Sin embargo, aquellos que quieran solicitar voluntariamente la verificación de vacunación podrán ampliar su aforo al 100%
Para finalizar, las autoridades recuerdan la entrada en vigencia a partir del 1 de diciembre de la verificación del certificado de salud para el uso del 100% de aforo en restaurantes, sodas, bares, casinos, tiendas, museos, centros de acondicionamiento físico, hoteles, cabinas o establecimientos de alojamiento, balnearios, turismo aventura, academias de arte y baile. Aquellos que opten por no verificar el estado de vacunación podrán albergar el 50% de su capacidad, con la salvedad de los hoteles que deberán reducir su capacidad únicamente en las áreas comunes.
A partir del 8 de enero del 2022, todos los establecimientos deberán verificar el estado de vacunación, con la excepción ya indicada para el caso de los menores de edad. Para facilidad de los comercios y diversos establecimientos.