Hoy en horas de la mañana, el Ministerio de Obras Públicas y Transportes (MOPT) compartió un comunicado sobre los animales en automóviles.
Y es que, según la Ley de Tránsito (pero no implícitamente), llevar los animales en nuestras piernas está penado. Si se hace cualquier actividad que no sea manejar, la persona será sancionada.
Al igual que si se lleva a un animal (no necesariamente doméstico) en la mano u hombro.
Este año hasta el mes de setiembre 3414 conductores fueron sancionados con ¢124.000 de multa, al tener un animal en sus piernas.
No hay una especificación en la ley de cómo llevarlos en el carro, pero el hecho de mantenerlos sueltos puede o que salgan volando en un posible accidente, o que impidan el buen desempeño en el manejo del conductor.
Por ello recomiendan que se lleven en la parte de atrás del carro con un dispositivo de seguridad.