Usted, un familiar o un amigo mayor de edad ya puede cambiar el orden de su apellido si asà lo desea.
El tema es discutido en redes sociales y la calle desde este miércoles, luego de un fallo de la Sala Constitucional.
Pasos
Dichas preguntas fueron respondidas por Fernando Cruz, magistrado de la Sala Constitucional.
¿A dónde debe ir a cambiarse los apellidos?
“Es una consulta judicial, es en el ámbito judicial donde serÃa aplicable”.
¿Quién puede solicitar el cambio de los apellidos?
“Cualquier persona lo podrÃa hacer. La norma que establecÃa que era el padre el primero se declaró institucional, pero tiene que ser ante un juez civil”.
¿Si nace un bebé, se puede pedir de inmediato el cambio en el hospital?
“No tiene incidencia (el fallo) en las normas que regulan la inscripción de nacimientos”.
¿Puede un padre de familia al Juzgado de Familia a pedir el cambio de apellido para su hijo?
“PodrÃa ir, podrÃa hacerlo perfectamente, siempre con todos los requisitos que tiene el litigio de un padre a favor de su hijo menor”
En resumen, solo el Juzgado Civil lo aplicará.
Para que la normativa se aplique en hospitales y se regule como una ley le tocará posteriormente a la Asamblea Legislativa.
Lo que se declaró institucional fue la frase “en ese orden” del Código Civil en el escrito “colocar el apellido del padre y de la madre, en ese orden”.
Su acatamiento será obligatoria una vez sea publicado en el Diario Oficial La Gaceta.